ECONOMÍA

4.Jul.2013 / 04:19 pm / Haga un comentario

 

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Caracas, 4 de julio de 2013 (VTV).- El Banco Central de Venezuela, BCV, publica en Gaceta Oficial 40.200, del 3 de julio de 2013, las normas por las cuales se rige el Sistema Complementario de Administración de Divisas, Sicad.

El BCV establece en su norma que las personas naturales pueden adquirir hasta 3 mil dólares para gastos de viajes al exterior. De igual manera pueden adquirir el equivalente a esta cantidad en otras monedas extranjeras.

En ente emisor también ha establecido un monto de 2 mil dólares, o su equivalente en otra moneda extranjera, para aquellas personas que requiera sufragar gastos de estudios, de salud, de investigaciones científicas, deportes, cultura, y para la cancelación de bienes adquiridos a fin de la prestación de servicios.

La norma establece que para la adquisición de divisas del Sicad no se requiere que el solicitante haya agotado el cupo anual de la Comisión de Administración de Divisas.

Solo las personas naturales y jurídicas domiciliadas o residentes en el territorio venezolano pueden hacer la solicitud de dólares o su equivalente a en moneda extranjera.

 

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